Intrant concluye consulta pública para la homologación de cascos para motoristas
Comunicó que ahora el proceso está en consulta internacional

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) culminó el proceso de consulta pública de la normativa que permitirá la homologación de los cascos protectores para motoristas, como lo establece la Ley 63-17 sobre tránsito.
La normativa entrará en vigencia en un plazo de seis meses a partir del día que se hizo público el proceso, el pasado 9 de junio. Estuvo disponible en el portal institucional: www.intrant.gob.do en la sección transparencia para que la gente hiciera sus observaciones.
La normativa fue enviada a organismos internacionales,como la Organización Mundial del Comercio(OMC) para conocer sus comentarios y observaciones.
Durante 20 días, la normativa estuvo disponible para consulta pública en el portal institucional desde el martes 8 de julio de este año, conforme a las disposiciones vigentes que regulan los procesos de participación ciudadana y mejora regulatoria.
En ese tiempo las instituciones, organizaciones y ciudadanos expresaron sus opiniones sobre el proceso de homologación. El Intrant informó al público en general sobre la apertura del proceso de consulta y revisión de la normativa técnica sobre el estándar homologado de los cascos de protección personal de conductores y pasajeros de motocicletas y vehículos sin cabina de tres y cuatro ruedas.
La nueva propuesta del Intrant para regular el uso de cascos de motocicletas y otros vehículos
"En atención a su carácter técnico y su posible impacto en el comercio internacional, esta normativa fue notificada a la Organización Mundial del Comercio (OMC), en virtud del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC). En consecuencia, se encuentra actualmente en fase de recepción de comentarios y observaciones, cuyo plazo concluirá el viernes 25 de agosto del presente año", indicó la entidad.
Desde que la normativa técnica esté en vigencia los infractores serán sancionado con una multa equivalente de uno (1) a tres (3) salarios mínimos del que impere en el sector público centralizado y los puntos en la licencia de conducir que determine el reglamento correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 251 de la Ley Núm. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La homologación
La normativa establece que se acepta como homologado el casco de motocicleta que cumpla con al menos uno de los estándares internacionales certificado bajo la norma ISO/IEC17025 como son: UN/ECE 22-06 (Unión Europea); FMVSS No. 218 / DOT (EE. UU.); SNELL M2020D, M2020R, M2025D, M2025R (EE. UU.); GB 811-2022 (China).
También QCVN 2:2021/BKHCN (Vietnam); IS 4151:2015 (India); NTC 4533 (Colombia); NBR 7471 (Brasil); JIS T 8133: 2015 (JSAA/JSA) (Japón); y BS 6658:1985 (Reino Unido). También se considerarán homologados los cascos de nueva fabricación bajo el estándar internacional UN/ECE 22-05, certificados por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa.