Apelación de diputada Rosa Amalia Pilarte pondrá a la justicia en un proceso "inédito"
Jurista dice ley no prevé cuál jurisdicción debe conocer recurso a la sentencia de la SCJ después de la legisladora cambiar de estatus
Abogados no coinciden en cuál debe ser
La apelación que someta la diputada Rosa Amalia Pilarte a la sentencia que la condena a cinco años de prisión por lavado de activos en contra del Estado, a partir del 19 de junio, cuando está programado que se lea el fallo, colocará a la justicia en un proceso "inédito", afirma el exjuez de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) Juan Hirohito Reyes Cruz.
Explicó que al momento de ser recurrida la decisión de la Segunda Sala Penal de la SCJ lo más probable es que la legisladora ya no tendrá la jurisdicción "privilegiada" y que se estaría en la disyuntiva de cuál es la que le competerá porque "es una situación no pensada en el Derecho ni prevista de manera expresa y concreta por la ley".
Su respuesta obedece a que, al concluir su periodo como diputada el 16 de agosto, ya el caso de Pilarte no sería competencia de la SCJ, pero "sería una contradicción" que el Pleno de esa alta corte decida declinar a una jurisdicción ordinaria, que sería la Corte de Apelación, para conocer un recurso a una sentencia condenatoria de un tribunal de alzada de jueces jerárquicamente superiores.
"Ahora qué sucede con el asunto de la jurisdicción privilegiada y el concepto que se maneja es lo relativo al juez natural, el juez natural es que a ti te juzgue el tribunal que la ley prevé para que conozca el proceso".
Se preguntó cómo es que una corte de apelación va a conocer un recurso de apelación de una sentencia de la Sala Penal de la SCJ. "Eso sería una contradicción", dice Reyes Cruz. Entiende que "el caso es inédito porque ¿cuál es el propósito del recurso de apelación? Que unos jueces más experimentados y jerárquicamente superiores conozcan el recurso".
Citó que el único precedente que hay ha sido el reenvío del juez de la SCJ Francisco Ortega a una jurisdicción ordinaria del expediente del exsenador Tommy Galán, acusado en el caso de los sobornos de Odebrecht, cuando este perdió la senaduría, pero que son decisiones diferente porque la del 2020 sobre el exlegislador de San Cristóbal fue una de jurisdicción de apoderamiento y la otra, la de Pilarte, corresponde a una que se pronuncia sobre la culpabilidad, después de ella ser hallada culpable.
En el mismo sentido se expresa el abogado Robinson Reyes, quien considera que el proceso a la legisladora "crea un problema para el cual no hay jurisprudencia".
Sostiene que hay un "vacío procesal" en esta situación y "un precedente extraño" que la apelación la conozca la Corte de Apelación a una decisión emanada por jueces jerárquicamente superiores. Recuerda que convendría a la diputada que su expediente sea ventilado por la jurisdicción ordinaria porque tendría el derecho a casación, que, de continuar en la SCJ, ya no lo tendría.
"Los abogados tienen que sentarse a pensar e incluso buscar jurisprudencias internacionales de situaciones similares", entiende Robinson Reyes.
Otro togado, José Alberto Ortiz, afirma que a partir del 17 de agosto "ya la jurisdicción privilegiada no puede conocer nada" de Pilarte y que la "Segunda Sala de la SCJ actuó como tribunal de primer grado" en la acusación que le hizo el Ministerio Público (MP) de lavado de activos. El MP la imputó de "blanquear" más de 4,000 millones de pesos. La condenó a cinco años y al decomiso de 13 bienes inmuebles.
Afirman recurso debe conocerlo Pleno de SCJ
Los abogados Ramón Emilio Núñez y Francisco García Rosa aseguran que el órgano competente para conocer el recurso de apelación que presente Pilarte a su condena, aún ya vencido su periodo como legisladora, es el Pleno de la SCJ.
Núñez sostiene que la apelación "es una crítica de la sentencia, no es una repetición del juicio" y que, en consecuencia, debe ser evaluado en este caso por el Pleno de la alta corte, incluso después de la congresista haber concluido su mandato en agosto.
García Rosa entiende que "no es posible" que la SCJ decline a una jurisdicción ordinaria porque ya fue juzgada por ese órgano que la misma Constitución dice que podía juzgarla y su proceso inició ella siendo diputada y fue condenada todavía con ese cargo. En lo que sí coinciden los cuatro letrados es que del Pleno conocer la apelación y ratificar la condena sería ya irrevocablemente juzgada y ejecutable a pesar de que eleve una acción ante el Tribunal Constitucional (TC).
En sus cuatro años de trabajo congresual, la diputada Rosa Amalia Pilarte, condenada por lavado de activos provenientes del narcotráfico, solo propuso un proyecto de ley que nunca avanzó ni fue aprobado en la Cámara Baja.
El pobre desempeño en materia de propuestas de la diputada del Partido Revolucionario Moderno (PRM) queda evidenciado en el Sistema de Información Legislativa de la Cámara de Diputados, que registra una sola iniciativa de ley enfocada en la provincia La Vega, la localidad que representa Pilarte en el Congreso.
El único proyecto que ha presentado la congresista en su período de cuatro años es crear un nuevo municipio en La Vega denominado como Villa Cutupú. El proyecto originalmente buscaba que el distrito municipal Río Verde se convirtiera en municipio, pero perimió y Pilarte decidió modificarlo para crear una nueva localidad en la provincia norteña.
La iniciativa de Pilarte fue depositada en mayo del 2023 y el Pleno la envió a la comisión de Asuntos Municipales, donde nunca prosperó.
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