Tragedia del Jet Set reaviva promesas incumplidas sobre la aprobación del nuevo Código Penal
La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, exhortó al Congreso Nacional a aprobar el proyecto del nuevo Código Penal para cumplir con el compromiso ciudadano de actualizar la ley a los nuevos tiempos

La tragedia del Jet Set ha reavivado una vez más la defensa y necesidad de que se apruebe un nuevo Código Penal Dominicano. Este llamado se vuelve cada vez más intenso ya que, en cada caso nuevo que surge, no hay un cumulo de penas por múltiples crímenes cometidos.
El colapso del techo de la discoteca, que el pasado 8 de abril dejó 235 personas fallecidas y más de 180 heridos. Este incidente ha generado que tanto la población como la justicia dominicana cuestionen las posibles penalidades de los acusados de no aprobarse un nuevo Código Penal.
De acuerdo con el artículo 319 del Código Penal Dominicano, el empresario Antonio Espaillat y su hermana Maribel, propietarios del centro nocturno, acusados por el Ministerio Público de homicidio involuntario, golpes y heridas involuntarias, por negligencia proveniente del desplome del techo, pueden enfrentar penas de tres meses a dos años de prisión.
El artículo 319 establece que: "El que, por torpeza, imprudencia, inadvertencia, negligencia o inobservancia de los reglamentos, cometa homicidio involuntario, o sea causa involuntaria de él, será castigado con prisión correccional de tres meses a dos años, y multa de veinte y cinco a cien pesos".
El Código Penal vigente en República Dominicana fue promulgado mediante Decreto-Ley núm. 2274 del 20 de agosto de 1884.
- A raíz de eso, recientemente la procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, exhortó al Congreso Nacional a aprobar el proyecto del nuevo Código Penal para cumplir con el compromiso ciudadano de actualizar la ley a los nuevos tiempos y así evitar que los delitos sean sancionados con penas que resultan "irrisorias".
Danilo se echó para atrás
El expresidente Danilo Medina, durante su mandato devolvió el Código Penal porque no estaba incluido el aborto terapéutico o las tres causales.
En diciembre de 2015 el Tribunal Constitucional (TC) declaró la inconstitucionalidad de la Ley No. 550-14, que en ese tiempo instituía un nuevo Código Penal en el país, cuya entrada en vigor estaba pautada para finales del mes referido.
Casos que han subido el Código a la mesa
A lo largo de los años, surgieron diversos casos que han conmocionado a la sociedad dominicana, los cuales generan gritos de volver a plantear y debatir la modificación del Código Penal.
Algunos de los casos más sonoros han puesto de manifiesto la necesidad urgente de actualizar la Ley para que las penas sean proporcionales a la gravedad de los delitos cometidos.
Emely Peguero
Marlyn Martínez, fue sentenciada a dos años de prisión por ocultamiento de cadáver y por su participación en el asesinato de la adolescente Emily Peguero, que murió en agosto de 2017 producto de golpes, tortura y a la barbarie que fue sometida mientras el hijo de la condenada, Marlon Martínez (sentenciado a 30 años), le practicaba un aborto clandestino. Tenía cinco meses de embarazo.
El Código Penal Dominicano establece penas de seis meses a dos años de prisión y multa de 20 a 200 pesos a quienes incurran en el ocultamiento de un cadáver. En el caso de sustracción de un menor de edad de la casa de sus padres, tutores o cuidadores, el castigo establecido por la ley penal es de uno a cinco años de prisión y multa de quinientos a cinco mil pesos.
Con el paso de los años, la condena del caso Emely ha cargado con cuestionamientos de parte de la sociedad y actores jurídicos que pedían una pena de 20 años tal como solicitaba el Ministerio Público.
Chaman chacra
El 4 de febrero de 2018, Víctor Alexander Portorreal Mendoza, conocido como "Chaman chacra" asesinó a su pareja Reyna Isabel Encarnación y los tres hijos de esta de 6, 9 y 10 años, respectivamente.
Según el informe del cuádruple crimen, ocurrido en el kilómetro 8 de la carretera Sánchez, Distrito Nacional, señala que Chaman chacra ejecutó a su pareja, luego violó y asesinó a las niñas de 6 y 10 años, y al día siguiente, después de salir a jugar con él, le quitó la vida al niño de 9 años.
El responsable, aunque admitió los hechos, fue condenado a 30 años de prisión por los cuatro asesinatos con posibilidad de solicitar la libertad condicional cuando cumpla la mitad de la pena.
Nazario Mercedes
Nazario Mercedes, acusado de matar a palos a su pareja, Yesica Figueroa Carmona, el 6 de noviembre de 2024, en complicidad con otro hombre, en el municipio de Villa Altagracia, provincia San Cristóbal, podría enfrentar hasta 30 años de prisión por al menos cinco asesinatos.
En noviembre de 2024 el abogado Eduardo Núñez, explicó que, aunque pueden ser varias las víctimas, la primera en 1995, el acusado podría enfrentar de 20 a 30 años de prisión si un juez lo declara culpable.
Las imputaciones por las muertes de las otras mujeres no han ocurrido todavía, mientras el caso se mantiene en investigación, el presunto asesino en serie guarda prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación de Najayo Hombres, en la provincia San Cristóbal.
El jurista indicó que el asesinato es un homicidio agravado y supone una pena de 30 año y que el número de víctimas no influye.
El homicidio se castigará con la pena de treinta años de trabajos públicos, cuando su comisión preceda, acompañe o siga otro crimen. Igual pena se impondrá cuando haya tenido por objeto preparar, facilitar o ejecutar un delito, o favorecer la fuga de los autores o cómplices de ese delito, o asegurar su impunidad.
Ana Josefa García decapitó a su hija
Ana Josefa García Cuello, la médico militar acusada de decapitar a su hija de seis años el 15 de agosto de 2024. El juez Leomar Cruz Quezada, de la Oficina de Atención Permanente de Santo Domingo Este, ordenó que la mujer sea sometida a una evaluación médica en el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), luego de que su abogado, informara que padece esquizofrenia desde hace 11 años.
Como medida de coerción se le dictó un año de prisión preventiva y de ser confirmado que García Puello padece esquizofrenia, será declarada "inimputable", ya que, no hay delito en el momento en que el inculpado se encontraba en estado de demencia. Así lo establece el artículo 64 de la ley penal.
Cuando al momento de cometer la acción el inculpado estuviese en estado de demencia, o cuando se hubiese visto violentado a ello por una fuerza a la cual no hubiese podido resistir, no hay crimen ni delito.
Marchas por la aprobación
- Por estos casos y muchos más, diversas organizaciones sociales se han unido a una sola voz, convocando manifestaciones con el objetivo de exigir la aprobación de un Código Penal que represente un avance en la lucha contra la impunidad y no un retroceso para el país.
¿Se acerca una posible aprobación?
Aunque el nuevo Código Penal fue una promesa del presidente Luis Abinader, el Congreso no ha logrado aprobar la pieza por diferencias entre los propios congresistas por temas como las tres causales que permitirían interrumpir un embarazo sin sanciones o la discriminación por la orientación sexual.
Cuando inició la nueva legislatura el 27 de febrero del presente año, el Congreso conformó una comisión bicameral para agilizar el estudio de siete proyectos de Código Penal que fueron depositados por varios legisladores.
A pesar de que la comisión se reúne todas las semanas, el proceso continúa a paso lento, por lo que el presidente de la Cámara de Diputados, Alfredo Pacheco, garantizó que propondrá un método más ágil para aprobar la pieza antes de que concluya la actual legislatura, el 26 de julio.