Aspirante a la Suprema, Matías Modesto del Rosario, destaca su trayectoria e integridad ante el CNM
El presidente de la presidente de la Segunda Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación resaltó que logró eliminar la mora judicial en la V Sala Civil

El juez Matías Modesto del Rosario, presidente de la Segunda Sala Civil y Comercial de la Corte de Apelación, presentó este jueves sus credenciales ante el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM), donde afirmó que su carrera de casi tres décadas puede exhibirse "sin que ni su familia ni el país tengan que bajar el rostro" por conducta inapropiada.
El magistrado, de 52 años, señaló que inició su carrera como juez a los 24 años, acumulando 28 años de servicio en el Poder Judicial, además de 25 años de docencia universitaria y tres décadas como articulista de un periódico de circulación nacional.
Modesto del Rosario resaltó que logró eliminar la mora judicial en la V Sala Civil, hecho por el cual fue invitado a representar al país en un encuentro judicial en Uruguay. También mencionó reconocimientos del Consejo Nacional de los Derechos Humanos, el Colegio Nacional de Periodistas y el Consejo del Poder Judicial de Marruecos, así como su participación, junto a estudiantes, en intercambios académicos con tribunales de Francia.
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"En casi 30 años de carrera no tengo una sola amonestación. Ni el Consejo, ni mi familia, ni el país tendrán que bajar el rostro cuando se mencione mi nombre", afirmó.
"La IA no podrá sustituir al juez"
El aspirante a la Suprema valoró los avances tecnológicos en el sistema judicial, señalando que permiten mayor agilidad y acceso, aunque advirtió sobre las brechas de conectividad que pueden generar exclusión.
Aseguró que la inteligencia artificial debe servir como herramienta de apoyo, pero sostuvo que "nunca podrá sustituir al juez".
Durante la ronda de preguntas, el juez expuso avances en materia de responsabilidad civil médica, especialmente relacionados al consentimiento informado y el peritaje.
También explicó que el fallo directo o casación de instancia es de carácter facultativo, salvo en los casos establecidos por ley, y defendió que el interés casacional previsto en la Ley 223-21 es compatible con el debido proceso y el acceso a la justicia, conforme a la sentencia 489-15 del Tribunal Constitucional.
