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Ministro Paíno Henríquez: "No he participado en procesos de compras ni contrataciones con el Estado"

Henríquez sostuvo que la empresa citada está inactiva desde hace más de una década

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Ministro Paíno Henríquez: "No he participado en procesos de compras ni contrataciones con el Estado"
El ministro Paíno Henríquez dijo que la empresa citada está inactiva desde hace más de una década. (DANIA ACEVEDO/ DIARIO LIBRE)

El ministro de Medio Ambiente, Armando Paíno Henríquez, manifestó este miércoles que, desde el inicio de sus funciones como titular de esa entidad, no ha participado en procesos de compras ni contrataciones con el Estado dominicano.

Henríquez se expresó en esos términos luego de que la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) informara sobre la suspensión de oficio del Registro de Proveedores del Estado (RPE) para 38 registros vinculados a funcionarios públicos y a sociedades comerciales relacionadas.

El nombre del ministro, junto con el de la empresa Galienville Partnership, SRL, figura en el listado publicado por la entidad.

A través de un comunicado, el funcionario sostuvo: "Desde el inicio de mis funciones como ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, no he participado en procesos de compras ni contrataciones con el Estado dominicano, ni como persona física ni mediante empresa alguna con la que esté vinculado".

Henríquez indicó que la empresa Galienville Partnership "ha estado completamente inactiva por más de 11 años. Desde su constitución nunca ha participado en procesos de compras públicas ni ha realizado operaciones comerciales de ningún tipo".

"Reafirmo mi compromiso con la transparencia, la legalidad y el cumplimiento estricto de las normativas vigentes. Asimismo, reitero mi plena disposición de colaborar con cualquier institución competente para esclarecer cualquier duda o inquietud que pueda surgir", concluyó el comunicado. 

Suspensión 

La suspensión consta en la Resolución núm. DGCP-44-2025-002579, firmada el 21 de julio de 2025.

De acuerdo con el acto administrativo, la suspensión es preventiva, no sancionadora, y se adopta para asegurar el cumplimiento del régimen de inhabilidades previsto en el artículo 14 de la Ley 340-06 sobre Compras y Contrataciones Públicas y su reglamento (Decreto 416-23).

La prohibición de contratar aplica durante todo el tiempo en que el funcionario ejerza el cargo y se extiende seis meses después de su salida.

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