¡Habemus Código Penal!
El nuevo Código Penal fue promulgado por el presidente Luis Abinader
In extremis y luego de la convocatoria de una legislatura extraordinaria, diputados y senadores aprobaron un nuevo Código Penal que sustituye una legislación en vigencia desde hace más de ciento cuarenta años, pero cuyos cimientos se remontan a los códigos napoleónicos de inicios del siglo XIX.
A pesar de compartir las críticas que reclaman la inclusión de las llamadas "tres causales" para la interrupción del embarazo, la realidad harto demostrada es que no existen condiciones sociales y políticas para ello, y, de momento, esta es la ley posible. Además, no debe olvidarse que en la actual legislación el aborto se encuentra sancionado en todas sus formas, con penas para mujeres en gestación y médicos o parteras que le asistan, y que el código aprobado establece la eximente del riesgo a la vida de la madre y se crean categorías de abortos a partir de las cuales se matizan penalidades. Que, aunque no es lo que procuran quienes defienden los derechos de las mujeres, al menos es un avance.
Como avance también constituye el establecimiento de tipos penales como el feminicidio y la violencia doméstica, económica, patrimonial y psicológica; así como la ampliación de la protección a la niñez y la adolescencia con la inclusión de delitos como la explotación laboral y las agresiones sexuales a personas menores de edad.
Del mismo modo se introducen figuras como la reincidencia y el concurso y la acumulación de penas, además de unos setenta nuevos delitos que no figuran en la legislación vigente.
Como el hostigamiento, intimidación o bullying y la inducción al suicidio; la tortura, los actos de barbarie y los ciberdelitos; el uso de sustancias químicas nocivas y la adulteración de alimentos y medicamentos; el chantaje y la corrupción administrativa; las estafas piramidales, la clonación de tarjetas de crédito, el bloqueo de ambulancias y las carreras clandestinas; dentro de un largo etcétera de infracciones que se ajustan a la realidad de la criminalidad en la República Dominicana.
Las discrepancias sobre el tema de las causales han significado décadas de retraso en la adecuación del Código Penal, que debió salir de la mano de la primera ola de reformas a la judicatura y el cambio en la normativa procesal.
Frenando la modernización del régimen sancionatorio de la justicia penal para adecuarlo a la complejidad y evolución del delito, caracterizado en estos tiempos por la presencia del crimen organizado y el uso intensivo de la tecnología. Así como la tipificación de nuevas conductas delictivas, el cierre de vacíos legales y calificaciones y graduaciones de penas más justas y adecuadas.
Como toda obra humana esta ley es perfectible, y, sin problemas, el debate para mejorarla puede arrancar tan rápido como la legislatura que inicia este 16 de agosto, e incluso se pueden aprobar enmiendas durante el año de vacancia antes de entrar en vigor.
Pero, mientras tanto, fumata blanca ¡Habemus Código Penal! Y con su promulgación el Presidente Abinader dota por fin al país de una legislación moderna que permitirá a los operadores de la justicia penal actuar con mayor eficiencia y efectividad.