Del desacuerdo al respeto: entre legalidad y percepción
El dilema de los fallos judiciales

En el ámbito judicial no todo es como queremos. Cuando el tribunal nos falla en contra, es uno de esos momentos en los cuales solemos pensar que hubo una errónea interpretación de la ley y de los hechos.
Sin embargo, cuando es a nuestro favor, siempre consideramos que fue la decisión correcta y sabia la tomada por el juzgador. Pero para que haya una parte conforme, usualmente la otra está inconforme: una ecuación sine qua non.
Esta realidad, presente en países democráticos y regidos por un régimen de derecho como el nuestro, debe ser comprendida con madurez.
La presencia de un abogado en el estrado implica la representación de intereses: algunos públicos o colectivos, otros privados. Y hay uno que actúa como tercero imparcial.
Los abogados que participan en la audiencia ejercen funciones distintas: el Ministerio Público representa al Estado y vela por la legalidad; los abogados de las partes defienden sus intereses; y el juez, como tercero imparcial, dirige el proceso y decide conforme a derecho.
Entrar a una sala de audiencias es siempre un momento cargado de tensión. Sin importar la experiencia del profesional, los nervios están presentes ante lo que representa un escenario de alta responsabilidad y expectativa.
Lo único prácticamente previsible es que la decisión adoptada será del agrado de una de las partes y no de la otra, al tratarse de un proceso en el que se dirimen intereses enfrentados y se determina la aplicación del derecho en situaciones concretas.
Ahora bien, el sistema no se agota en una sola instancia. Cuando una de las partes considera que la decisión no ha sido conforme a derecho, el ordenamiento jurídico ofrece herramientas para buscar su modificación o anulación.
Los recursos ordinarios y extraordinarios, tales como la apelación, la oposición, la revisión, la casación y otros, existen precisamente para garantizar que la justicia no sea fruto de un solo criterio, sino de un sistema diseñado para corregirse a sí mismo cuando sea necesario.
Asimismo, es importante entender que en el proceso judicial no basta con tener razón en derecho, sino que también resulta determinante la etapa procesal en la cual se formula un pedimento. Un derecho alegado fuera de tiempo, aunque legítimo, puede no producir los efectos esperados. El respeto al procedimiento y a sus plazos no es una mera formalidad, sino una garantía de orden y equilibrio en el sistema de justicia.
Sin embargo, también es justo reconocer que no toda inconformidad implica una vulneración del derecho.
Hay decisiones que, aunque no favorecen a todos, sí se sustentan en una correcta interpretación de la ley y en una valoración objetiva de los hechos. Decisiones que honran el principio de legalidad y fortalecen la confianza en las instituciones.
Comprender esta dinámica ayuda a fortalecer el respeto hacia los jueces, hacia la estructura procesal y hacia el propio Estado de derecho.
La justicia no siempre coincide con nuestras expectativas, pero cuando se aplica con rigor, imparcialidad y fundamento, merece ser reconocida.
Antes, los abogados preferían que sus casos no salieran en los medios. Se cuidaba la imagen del representado y se confiaba en que los tribunales hablaran por sí solos. Hoy en día, es común ver casos discutidos tanto en los estrados como en redes sociales y programas de opinión.
El problema es que, al exponerlos así, muchas veces se forma una idea pública que no siempre se ajusta al derecho. La gente opina, toma partido y se crea una presión que puede alejar la atención de lo que realmente importa: la correcta aplicación de la ley.
Quienes estamos en el sistema debemos recordar que el derecho no busca aplausos, sino justicia. Informar es válido, pero no todo debe resolverse frente a una cámara. El juicio público no debe reemplazar al juicio legal.