Reglamento de responsabilidad extendida del productor resalta separación de residuos
La Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos 225-20 resalta la obligatoriedad de la separación en la fuente

La clasificación de desechos desde el origen, es decir, desde el punto en que se generan, es uno de los grandes retos para la gestión de residuos sólidos en el país, a juicio de actores del sector.
Este es uno de los temas tratados en el "Proyecto de Reglamento General para la Implementación de la Responsabilidad Extendida del Productor, Importador y Comercializador de Productos Prioritarios", lanzado a consulta pública por el Ministerio de Medio Ambiente.
La separación de residuos y desechos sólidos en la fuente conlleva clasificar y disponer correctamente de los distintos tipos que se generan en nuestros hogares, instituciones y empresas.
La Ley General de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos 225-20 resalta en el artículo 82 la obligatoriedad de la separación en la fuente de residuos sólidos urbanos.
"Es obligatorio que el generador de residuos sólidos urbanos realice de forma progresiva la separación de los residuos al momento de su generación, de acuerdo con los tipos de residuos definidos por esta ley: material orgánico e inorgánico", reza el artículo.
El reglamento
El proyecto de reglamento, que estará en consulta pública hasta el 3 de julio, "tiene por objeto establecer el marco general para la aplicación de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), Importador y Comercializador (...) estableciendo directrices para la formulación e implementación de los planes específicos para cada residuo prioritario".
El documento cita a los aceites lubricantes, pilas y baterías, plaguicidas, neumáticos, envases y embalajes, entre otros, como residuos de productos prioritarios.
De aprobarse el reglamento, la separación de los residuos estaría entre las responsabilidades de diversos actores, como los gobiernos locales, a quienes se ordena "incorporar en sus ordenanzas municipales la obligación de separar en origen los residuos".
También hace énfasis en la promoción e implementación de "programas de separación en la fuente y la devolución de los residuos de productos prioritarios generados por los consumidores, en coordinación con los sistemas de gestión individuales y colectivos".