Autoridades someten a consulta pública reglamento para emergencias ambientales
El reglamento establece inspecciones, evacuaciones y comunicación comunitaria como medidas

El Ministerio de Medio Ambiente ha lanzado a consulta pública un proyecto de reglamento que detalla, entre otras cosas, los protocolos a seguir en casos de emergencias por fenómenos como huracanes, tormentas, incendios o contaminación por sustancias peligrosas.
El Proyecto de Reglamento del Protocolo de Atención de Emergencias Ambientales del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales tiene como objetivo establecer los procedimientos para la actuación efectiva de la institución ante situaciones de emergencia.
El artículo 1 del documento señala que busca “contribuir a la prevención, mitigación, control y recuperación de los daños ambientales ocasionados por eventos críticos que puedan afectar tanto a la población como a los recursos naturales”.
Acciones ante una emergencia ambiental
El reglamento detalla que, en las primeras 24 a 72 horas tras la ocurrencia de una emergencia ambiental, el ministerio deberá priorizar las siguientes acciones:
- Inspección inmediata de las áreas afectadas y determinación de los riesgos para la población y los recursos naturales.
- Identificación de las necesidades urgentes de protección, albergue o asistencia para las personas afectadas.
- Activación de mecanismos de comunicación comunitaria y difusión de recomendaciones a la población, utilizando canales oficiales y comunitarios.
- Establecimiento de perímetros de seguridad, evacuaciones preventivas y restricciones de acceso a zonas de riesgo, en coordinación con autoridades locales y el Centro de Operaciones de Emergencia (COE).
- Documentación inicial de los impactos observados mediante registros, evidencias fotográficas, georreferenciación y elaboración de fichas técnicas.
Protocolos
Además de estas acciones generales, el documento contempla protocolos específicos ante huracanes, tormentas tropicales, incendios forestales, deslizamientos, inundaciones, derrames o contaminación por sustancias peligrosas:
Huracanes y tormentas tropicales: activación de niveles de alerta, cierre de áreas protegidas, suspensión de actividades, evacuación preventiva, protección de la población y monitoreo permanente.
Incendios forestales: coordinación con el Programa Nacional de Gestión y Manejo del Fuego y el Centro de Operaciones de Emergencias (COE); priorización de áreas protegidas y comunidades en riesgo; seguimiento y evaluación de daños.
Derrames de sustancias peligrosas y contaminación atmosférica: identificación y aislamiento del área, activación de planes de contingencia empresariales, notificación a las autoridades competentes, protección de la salud pública y del medio ambiente.
Inundaciones y deslizamientos: despliegue de equipos para evaluación de impactos, estabilización de zonas vulnerables, apoyo en limpieza y remoción de escombros, señalización y restricción de acceso a zonas peligrosas.
Emergencias en áreas protegidas: coordinación con administradores locales, guardaparques, autoridades municipales y organismos de rescate para la protección de personas, especies y recursos naturales; levantamiento de daños y aplicación de medidas de restauración.
Derecho a la información y sanciones
El reglamento también detalla el derecho de la población a recibir información oportuna, veraz y comprensible en casos de emergencia, así como las sanciones para personas o empresas que provoquen o agraven emergencias ambientales, y para funcionarios negligentes.
La consulta pública del Proyecto de Reglamento del Protocolo de Atención de Emergencias Ambientales estará vigente hasta el 4 de septiembre.