Los diputados aprueban proyecto que impone hasta cinco años de prisión por vender productos con plagas
El proyecto busca prevenir la introducción de plagas que amenazan la agricultura nacional y regular el uso de plaguicidas

La Cámara de Diputados aprobó este martes en segunda lectura el proyecto de ley de Protección Fitosanitaria, una iniciativa que contempla penas de hasta cinco años de prisión y multas de hasta 500 salarios mínimos del sector público para quienes cometan infracciones graves contra la sanidad vegetal.
La iniciativa, propuesta por el diputado Adelso de Jesús Rubén Contreras, procura establecer una ley para prevenir el ingreso y diseminación de plagas de interés cuarentenario que representen riesgos para la agricultura nacional.
De acuerdo con los artículos 78 y 79, se consideran infracciones graves la comercialización nacional o internacional de productos infestados con plagas cuarentenarias, la violación de medidas de cuarentena, la introducción de vegetales por puntos de entrada no autorizados, así como la fabricación, importación o venta de plaguicidas caducados, adulterados o sin registro legal.
Estas conductas, según la pieza congresual, serán sancionadas por los tribunales con penas de prisión de uno a cinco años y multas que van de 300 a 500 salarios mínimos del sector público, independientemente de las indemnizaciones civiles por daños y perjuicios.
Por su parte, el artículo 77 tipifica como delito la negativa a permitir inspecciones fitosanitarias, la manipulación u ocultamiento de información sobre plagas y la obstaculización del trabajo de las autoridades.
Estos delitos, de acuerdo con la propuesta, conllevan sanciones de tres meses a dos años de prisión y multas de uno a 300 salarios mínimos.
Regulación de plaguicidas
En el ámbito comercial e industrial, el artículo 64 establece que toda empresa o establecimiento dedicado a la fabricación, formulación, envasado, importación, almacenamiento, distribución, comercialización o aplicación de plaguicidas debe contar de manera obligatoria con los servicios de un profesional agrícola acreditado como regente.
Asimismo, los artículos 55 y 56 instituyen el registro oficial obligatorio ante la Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF) para la fabricación, importación o venta de insumos agrícolas.
Poderes de inspección y sanciones
El proyecto aprobado por los diputados confiere a los inspectores la facultad de detener e inspeccionar, sin autorización previa, a personas, vehículos o contenedores en tránsito bajo sospecha de transportar plagas o agroquímicos no autorizados.
En los casos que requieran registro o inspección domiciliaria en propiedades privadas, la pieza dispone que las autoridades deben solicitar autorización a un juez de instrucción, tribunal que deberá resolver la solicitud en un plazo máximo de 24 horas.
Después de completar su trámite en la Cámara de Diputados, la propuesta ahora pasa al Senado para ser estudiada y eventualmente aprobada en otras dos discusiones.



Ismael Hiraldo