Juez Domingo Gil emitió voto disidente sobre acuerdo de cielos abiertos 'por riesgos a la soberanía'
El Tribunal Constitucional declaró conforme a la Constitución el acuerdo de cielos abiertos con los Estados Unidos
El juez Domingo Gil emitió un voto disidente en la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró conforme a la Constitución el acuerdo de cielos abiertos entre República Dominicana y Estados Unidos. Este acuerdo busca abaratar los precios de los tickets aéreos y ampliar las operaciones de las aerolíneas en ambos países.
El pasado 2 de agosto, el ministro de Turismo, David Collado, firmó el acuerdo con el subsecretario de Crecimiento Económico, Energía y Medio Ambiente de Estados Unidos, José W. Fernández, en el Palacio Nacional.
En la sentencia, el juezGil explicó las razones por la cuales decidió votar en contra.
Según Gil, el acuerdo excluye el contenido de la soberanía, es decir, que este no reconoce que la República Dominicana "tiene una soberanía plena y exclusiva en el espacio aéreo situado sobre su territorio", lo cual "podría abrir la puerta a riesgos graves para el país".
"Es más que obvio que la conjunción de esa exclusión (claramente deliberada) del concepto de soberanía con el contenido de ese artículo se traduce en un grave peligro para nuestro país, pues de ello ´resulta previsible el riesgo para la soberanía y la seguridad de la nación dominicana´", explicó Gil.
Consideró que el acuerdo excluye la noción de "servicios acordados", lo que impide que se especifique claramente que se trata de "servicios aéreos regulares" para el transporte de pasajeros, carga y correo.
Añadió: "Es obvio que esa exclusión fortalece el temor de que este acuerdo sea una brecha para el uso del territorio dominicano para vuelos militares, lo que viene alimentado por el reconocido derecho –como ya vimos– a realizar 'escalas con fines no comerciales'; temor que se acrecienta por la 'política de la cañonera' e intervencionista que, con raras excepciones, han puesto en práctica los gobiernos de Estados Unidos a todo lo largo de la historia de ese país; política vivida y sufrida, de manera directa, en tres ocasiones por el pueblo dominicano".
Expresó que el pacto "mutila" el concepto de territorio que se incluye en el "acuerdo tipo" sobre transporte aéreo. "Ciertamente, este 'acuerdo' sólo prescribe que el territorio comprende 'las aguas territoriales adyacentes a ellas que se encuentren bajo la soberanía' de cada estado, y excluye (lo que sí consta en los demás tratados) que el territorio también comprende las áreas terrestres y las aguas territoriales adyacentes que se encuentren bajo el 'dominio, protección o mandato de cada estado contratante'".
Por estas razones, el juez consideró que la decisión del Tribunal Constitucional podría resultar en una vulneración de la soberanía del Estado dominicano y, por ello, decidió no firmar la sentencia que da luz acuerdo.